La Ley de Participación Popular cumplirá 18 años

A 18 años de promulgación de la Ley de Participación Popular el 20 de Abril del año 1994 Carlos Hugo Molina, uno de los impulsores de esta medida, manifestó que gracias a esta Ley, convertida en Proceso, se  ha logrado contribuir a la consolidación de la gestión democrática, la participación e inclusión social, la descentralización y la autonomía del Estado y la Sociedad que estamos construyendo.

Señaló, que los instrumentos para continuar fortaleciendo la democracia Boliviana son la autonomía, la construcción de instrumentos de Desarrollo Económico Local y la Planificación Participativa como Política de Estado.

Por otro lado, manifestó que los pilares de Ley de Participación Popular que aportaron en la consolidación del municipalismo en Bolivia, son:

  • Inclusión Social, reconocimiento que se le otorga a la sociedad civil y al pueblo, representados a través de las Organizaciones Territoriales de Base (OTBs) y los Comités de Vigilancia.
  • Reconocimiento del Estado Municipalista a nivel rural, de 24 gobiernos municipales creados antes del 1994, pasaron a ser 311 gobiernos municipales después de su promulgación, en la actualidad 337 gobiernos  autónomos municipales. Los mismos que pasan de ser territorios con competencias urbanas a tener competencias urbanas rurales.
  • Transferencias de Competencias, Atribuciones y Responsabilidades a los gobiernos municipales. A nivel municipal se descentralizan las funciones del Estado en las áreas de salud, educación, cultura, deportes, etc.
  • Transferencia de Recursos Económicos, el 20% de competencias tributarias, fortalecimientos de los recursos propios y en el proceso se han incrementado mayores recursos para los municipios.
La Participación Popular se afirma como el proceso de desarrollo más exitoso en Bolivia y sus resultados son una realidad incuestionable, ha sido asumido por el pueblo boliviano como propio y su deceso solo sucederá cuando no exista participación ciudadana, no existan gobiernos municipales, no existan transferencias de recursos ni competencias a nivel urbano-rural, mientras esto no ocurra, el proceso de participación popular seguirá en marcha.

Fuente: CEPAD




EL PROCESO DE PARTICIPACION POPULAR SIGUE EN MARCHA EN BOLIVIA
18 años

El 20 de abril de 1.994 se inicia el proceso de desarrollo institucional y de ciudadanía radical más importante de los últimos 50 años en Bolivia; con la promulgación de la Ley de Participación Popular, se municipalizó el territorio del país generándose la restructuración política y administrativa considerada como la revolución democrática referente en América Latina, abriendo la participación real y efectiva de los ciudadanos en la gestión de su futuro.

Durante este tiempo, desde su promulgación, la Ley de Participación Popular logró sus objetivos filosóficos propuestos:

a)    Cercanía y presencia ciudadana en los niveles de decisión,
b)    Establecimiento de mecanismos de control social,
c)    Creación y fortalecimiento de instrumentos para lograr la democracia participativa,
d)    Fortalecimiento municipal,
e)    Potenciación de las comunidades de base en niveles vecinales, campesinos e indígenas,
f)     Descentralización y/o desconcentración de la administración pública para lograr justicia y equidad social,
g)    Respeto a la diversidad organizativa y social.

En la actualidad, aunque la Ley de Participación Popular se encuentra derogada e incluida en la Ley Andrés Ibáñez, su ejercicio se ha convertido en Proceso, con plena vigencia en el imaginario y la práctica de la gestión pública municipal y en la vida cotidiana de los ciudadanos del país; la razón de ello es que su naturaleza se cimenta sobre cuatro pilares fundamentales:

1)    Inclusión social: reconocimiento de la sociedad civil organizada, con participación en la gestión pública, a través de las Organizaciones Territoriales de Base (OTB), Comunidades Indígenas Originarias, Comunidades Campesinas, Juntas Vecinales, Organizaciones Productivas y representados por los Comités de Vigilancia.
2)    Reconocimiento del Estado Municipalista: reconocimiento del nivel municipal en la estructura y organización del Estado Boliviano: 337 Gobiernos Autónomos Municipales, conformados por un nivel ejecutivo y un nivel legislativo, administrando las secciones municipales o municipios.
3)    Transferencias de competencias y atribuciones para cumplir con las funciones del Estado a nivel municipal: salud, educación, cultura, deportes, caminos vecinales, riego, desarrollo económico entre otros.
4)    Transferencia de Recursos Económicos: transferencia del 20% de la coparticipación tributaria – Recursos de la Participación Popular – a los gobiernos municipales.  Reconocimiento de recursos propios.

Esta vigencia del proceso de la Participación Popular, es demostrable a través de los diferentes resultados que han permitido una transformación progresista del Estado Boliviano y que aún sigue en marcha, afianzándose cada vez más como la norma fundamental de la “Revolución en el Estado de Derecho y en Democracia”.

Los resultados entre otros muchos son los siguientes:

•   Transfiere de forma automática el 20% de los impuestos nacionales (coparticipación tributaria) a los gobiernos municipales, siendo una de las medidas de descentralización económica más  importantes de América Latina en los últimos años y permitiendo una presencia efectiva del Estado Boliviano en toda la geografía nacional: se pasa de 24 municipios que recibían recursos a un total de 337 municipios existentes en la actualidad.
•   Transfiere el 100% al nivel local de las recaudaciones de impuestos a inmuebles, vehículos y transferencias de bienes de dominio municipal.
•   Antes solo el 3% de la inversión pública era ejecutada por el nivel municipal. Ahora más del 30% de la inversión es ejecutada por los municipios.
•   Transfiere competencias a los gobiernos municipales descentralizando responsabilidades en los sectores de salud, educación, deportes, cultura, riego y caminos vecinales, desarrollo económico local.
•    El reconocimiento y el respeto de los usos y costumbres locales en todo el territorio nacional, transformando a las Organizaciones Territoriales de Base en el sujeto de derecho de la Ley: más de 20.000 personalidades jurídicas reconocidas a comunidades indígenas, campesinas y juntas vecinales.
•    Son electos alcaldes y concejales, representantes de juntas vecinales, comunidades campesinas y pueblos indígenas, que en el proceso y en la actualidad han ocupado y ocupan cargos como asambleístas departamentales y nacionales, diputados, senadores, autoridades regionales y nacionales, diplomáticos, gobernadores, etc.
•    Institucionaliza la obligatoriedad de la Planificación Participativa en todos los gobiernos municipales del país, abriendo espacios para la participación ciudadana y el control social organizado de los comités de vigilancia, además de rescatar el principio de planificación de mediano y largo plazo en la gestión pública.
•    Incentiva el trabajo horizontal interinstitucional a través de diferentes mecanismos de asociatividad municipal, permitiendo la creación de aproximadamente de 85 mancomunidades municipales, 9 asociaciones departamentales y una Federación de Asociaciones Municipales.
•    Incentiva la coordinación entre niveles de gobierno incorporando como mandato la inversión concurrente como mecanismo de orientación y de mayor eficacia de la inversión publica.
•    Permite avances significativos de términos de inclusión social con más del 59% de los munícipes reconocidos como indígenas y la participación de la mujer en la gestión pública aumentando en un 100%.
•    Fortalece la gobernabilidad democrática al fortalecer los marcos de legalidad y legitimidad de la institucionalidad municipal.
•    Acerca la administración del Estado al ciudadano, facilitando el cumplimento de derechos y obligaciones.
•    Abre espacios para la articulación publico-privada en el ámbito local y permite la promoción del desarrollo económico local como instrumento que pone en valor las potencialidades locales, dinamiza la economía local, promueve, valora y rescata la cultura, entre otros beneficios.
•    Sienta las bases para el pluralismo político permitiendo que la opción ciudadana sea viables en los ámbitos locales.

La Participación Popular se afirma como el proceso de desarrollo social y político más radical en Bolivia al haber permitido la Cohesión Territorial, la Cohesión Social y la Competitividad, sobre los cuales se asienta la construcción de la Sociedad Democrática en la que tod@s queremos vivir.

CEPAD – BOLIVIA
www.cepad.org
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