El Gobierno Municipal notificará a los vecinos para que retiren los elementos punzantes en pequeños muros próximos a las aceras, como "Miguelitos", puesto que pueden ocasionar algún daño a los transeúntes. Además los propietarios serán sancionados como estipula la ordenanza 049/2006 y el Código de Urbanismo y Obras, explicó Sandra Velarde Secretaria Municipal de Planificación.
En este sentido, recientemente se notificó a los propietarios de un inmueble que colocó estos elementos en la avenida San Martín, el dueño se comprometió a retirarlos. En caso que se haga caso omiso a la notificación el municipio a través de la Dirección de Control de Proyectos procederá a la demolición o retiro.
Por esta infracción, se les impondrá la multa estipulada de un mínimo de 500 bolivianos por incumplimiento a las normas de seguridad. Incluso, la ordenanza municipal 049/ 2006 estable la multa de 500 bolivianos adicionales, en caso de que la construcción no cuente con la aprobación del Proyecto por la Oficina Técnica Municipal.
Es importante recalcar que ningún funcionario público está autorizado para realizar ningún tipo de cobros, las multas son depositadas en una cuenta del Gobierno Municipal del Banco Unión. Los vecinos al construir deben tomar en cuenta la seguridad de los transeúntes para evitar daños a terceros, finalizó Velarde.
Código de Urbanismo y Obras
Art. 1056
El propietario poseedor o detentador de un inmueble está obligado a mantener el mismo en buen estado y condición de modo que las construcciones o árboles de la propiedad no constituyan en un peligro a los vecinos o viandantes. (Conc. C. Civil .Art. 116)
En este sentido, recientemente se notificó a los propietarios de un inmueble que colocó estos elementos en la avenida San Martín, el dueño se comprometió a retirarlos. En caso que se haga caso omiso a la notificación el municipio a través de la Dirección de Control de Proyectos procederá a la demolición o retiro.
Por esta infracción, se les impondrá la multa estipulada de un mínimo de 500 bolivianos por incumplimiento a las normas de seguridad. Incluso, la ordenanza municipal 049/ 2006 estable la multa de 500 bolivianos adicionales, en caso de que la construcción no cuente con la aprobación del Proyecto por la Oficina Técnica Municipal.
Es importante recalcar que ningún funcionario público está autorizado para realizar ningún tipo de cobros, las multas son depositadas en una cuenta del Gobierno Municipal del Banco Unión. Los vecinos al construir deben tomar en cuenta la seguridad de los transeúntes para evitar daños a terceros, finalizó Velarde.
Código de Urbanismo y Obras
Art. 1056
El propietario poseedor o detentador de un inmueble está obligado a mantener el mismo en buen estado y condición de modo que las construcciones o árboles de la propiedad no constituyan en un peligro a los vecinos o viandantes. (Conc. C. Civil .Art. 116)